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Calculadora RESICO · personas físicas

Calculadora RESICO: tu ISR del mes en segundos.

Escribe lo que cobraste en el mes sin IVA y cuánto de eso le facturaste a personas morales. Te damos la tasa, el ISR, la retención y lo que queda por pagar.

Cuenta sólo lo efectivamente cobrado: facturas PUE cobradas y PPD con complemento de pago del mes.

Tasa aplicable

1.5%

Sobre el total del mes

ISR del mes

$900.00

Ingresos × tasa

Retención 1.25%

$250.00

Te la retienen las morales

ISR a pagar

$650.00

ISR del mes − retenciones

Ingresos mensuales (sin IVA)Tasa
Hasta $25,000.001%
$25,000.01 a $50,000.001.1%
$50,000.01 a $83,333.331.5%
$83,333.34 a $208,333.332%
$208,333.34 a $3,500,000.002.5%

Software, no asesoría fiscal. Revisa el archivo antes de enviarlo al SAT y confirma los criterios con tu contador. Los puntos marcados como “sin verificar” no los pudimos confirmar en una fuente oficial. Términos.

El Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) para personas físicas calcula el ISR mensual de forma muy distinta al régimen general: no restas gastos, sólo aplicas una tasa fija, de 1% a 2.5%, a lo que cobraste en el mes. Por eso la cuenta es corta, y por eso es fácil equivocarse de renglón o restar mal la retención.

La tabla mensual del artículo 113-E

Ingresos amparados por comprobantes fiscales efectivamente cobrados, sin IVA, en el mes:

  • Hasta $25,000.00: 1.00%
  • Hasta $50,000.00: 1.10%
  • Hasta $83,333.33: 1.50%
  • Hasta $208,333.33: 2.00%
  • Hasta $3,500,000.00: 2.50%

La tasa del renglón se aplica sobre el total, no por tramos. Ojo con los bordes: con $25,000 exactos la tasa es 1%; con $25,000.01 ya es 1.1% sobre todo, unos $25 más de ISR.

Cómo se calcula, paso a paso

  1. Suma lo cobrado en el mes, sin IVA: facturas PUE cobradas y pagos de facturas PPD con su complemento de pago.
  2. Busca el renglón de la tabla y multiplica el total por esa tasa. Ése es el ISR del mes.
  3. Resta las retenciones de ISR que te hicieron personas morales: 1.25% de lo que les facturaste sin IVA, según el art. 113-J.
  4. Si el resultado es positivo, es el ISR a pagar; si es negativo, tienes un saldo a favor.

Ejemplo

Cobraste $120,000 sin IVA, de los cuales $50,000 fueron a una persona moral. La tasa es 2% (renglón hasta $208,333.33): ISR de $2,400. La persona moral te retuvo $625 (1.25% de $50,000). Pagas $1,775.

Las cifras de la tabla y la retención las verificamos contra dos fuentes independientes que reproducen la ley; no pudimos consultar el texto del Diario Oficial al preparar esta calculadora. Si llevas contabilidad para la DIOT, también te puede servir la guía DIOT 2026.

Preguntas frecuentes

¿La tasa de RESICO es progresiva?

No como en el régimen general. Buscas en la tabla el renglón que corresponde a tus ingresos del mes y esa tasa se aplica a todo el ingreso, no por tramos. Con $60,000 en el mes pagas 1.5% sobre los $60,000.

¿Los ingresos van con IVA?

No. La tabla se aplica a los ingresos efectivamente cobrados, sin IVA. Tampoco cuentan facturas emitidas que todavía no te pagan: una PPD cuenta cuando la cobras y emites su complemento de pago.

¿Qué es la retención del 1.25%?

Cuando facturas a una persona moral, ésta te retiene 1.25% del monto sin IVA y lo entera al SAT a tu nombre (art. 113-J de la LISR). Esa retención se resta del ISR que calculas en el mes.

¿Y si la retención es mayor que el ISR del mes?

La calculadora lo muestra como saldo a favor. Qué hacer con él (compensarlo o pedir su devolución) depende de las reglas vigentes; revísalo con tu contador.

¿Hasta cuánto puedo ganar en RESICO?

El tope es de $3,500,000 de ingresos al año. Si tu promedio mensual pasa de $291,666.67, la calculadora te avisa que a ese ritmo rebasarías el límite.

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